Como mencionamos anteriormente, los préstamos entre particulares o familiares deben ser declarados ante Hacienda. Este paso es esencial para demostrar que no se trata de una donación encubierta de dinero, lo cual implicaría el pago de un impuesto específico.
Aquí tienes algunos aspectos clave sobre la fiscalidad de estos productos:
- Según Hacienda, los préstamos entre familiares están sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP), pero están exentos de tributación. Esto significa que deberás presentar la liquidación del impuesto, pero no tendrás que pagar nada.
- La responsabilidad de liquidar el impuesto recae en el prestatario, es decir, la persona que recibe el dinero del préstamo.
- La liquidación del ITP debe hacerse a través del modelo 600 en la delegación de la Agencia Tributaria correspondiente a tu área. Puedes presentarla de forma presencial o en línea.
- Deberás adjuntar al modelo los siguientes documentos:
- El contrato de préstamo original.
- Una copia simple del contrato de crédito.
- En caso necesario, documentación que demuestre el cumplimiento de los requisitos para beneficiarse de algún beneficio fiscal.
- El plazo para presentar la liquidación del impuesto es de un mes, contado a partir de la firma del contrato de préstamo entre familiares.
- Si el préstamo no cuenta con garantías, la base imponible declarada será el importe del crédito.
- Si el préstamo está respaldado por alguna forma de garantía, la base imponible será el importe de la obligación o capital garantizado. Si no se especifica el importe del capital garantizado, se tomará como base imponible el capital más tres años de intereses.
- No es necesario documentar el parentesco entre el prestatario y el prestamista.
Además, si la persona que te presta el dinero te cobra intereses, comisiones u otros gastos por el crédito, deberá declarar esos ingresos como rendimientos de capital mobiliario ante Hacienda.