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¿Qué es el IVA?

Características del Impuesto al Valor Agregado

Es esencial destacar las características del Impuesto al Valor Agregado (IVA) antes de comenzar. Estas son:

  • Es un impuesto indirecto que se aplica al consumo en el ámbito empresarial o profesional, a excepción de las exenciones establecidas por ley.
  • Es un impuesto regresivo. No considera los ingresos de las personas, sino que grava el precio del producto o servicio en sí mismo, sin importar su ganancia o rentabilidad. El precio final del producto determina la base imponible del impuesto.
  • Es un impuesto general que se aplica en todos los sectores económicos, incluyendo producción, servicios e industria, salvo los productos exentos o no gravados.
  • Es un impuesto instantáneo, lo que significa que la obligación tributaria se genera en el momento de la venta del producto gravado, aunque la declaración sea periódica.
  • Es un impuesto plurifásico ya que grava todas las etapas productivas o de servicio.

Es importante mencionar que en este impuesto se compensa el impuesto cobrado por la venta de un bien o servicio con el IVA pagado al adquirir el costo de dicho bien o servicio. De esta manera, el contribuyente solo paga IVA sobre el valor agregado, que es la diferencia entre el costo del producto y su precio de venta.

Vídeo explicativo sobre el IVA

Sujetos obligados al pago del IVA

  • Enajenación de bienes
  • Prestación de servicios independientes
  • Arrendamiento de bienes
  • Importación de bienes y servicios

Casos en los que no se debe pagar IVA

No se aplicará el Impuesto al Valor Agregado en los casos de ingresos obtenidos por estos servicios:

Tasa aplicable para el cálculo del IVA

Productos y servicios gravados al 0% de IVA

La tasa del IVA del 0% se aplica a las siguientes actividades: la venta de ciertos productos y la prestación de servicios independientes. La tasa del IVA del 0% se aplica en la venta de:

  • Animales y plantas
  • Medicamentos patentados
  • Hielo y agua sin gas ni saborizantes
  • Fibra de maguey, palma y lechuguilla
  • Caviar, salmón ahumado y angulas
  • Aromatizantes, microencapsulados y aditivos alimentarios
  • Jarabes o concentrados para refrescos
  • Chicles o gomas de mascar
  • Hielo y agua sin gas ni saborizantes, siempre que se presenten en envases de menos de diez litros
  • Tractores para actividades agrícolas
  • Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
  • Invernaderos hidropónicos y equipos para controlar la temperatura y humedad
  • Oro, joyería, piezas artísticas y lingotes
  • Libros, periódicos y revistas

La tasa del IVA del 0% también se aplica en la prestación de servicios independientes, como:

  • Servicios directos a agricultores y ganaderos
  • Molienda o trituración de maíz o trigo
  • Pasteurización de leche
  • Cultivo en invernaderos hidropónicos
  • Despepitado de algodón
  • Sacrificio de ganado y aves de corral
  • Reaseguro
  • Suministro de agua para uso doméstico

Es importante destacar que las personas que realicen alguna actividad gravada al 0% de IVA tienen la obligación de presentar una declaración mensual correspondiente a esta tasa.

Productos y servicios gravados al 16% de IVA

La tasa del 16% de IVA se aplica a todas las actividades o productos que no se encuentren exentos o gravados al 0%, e incluye las siguientes actividades:

  • Desposesión de bienes
  • Provisión de servicios autónomos
  • Transferencia en uso o disfrute temporal de bienes
  • Importación de bienes o servicios

IVA trasladado y IVA Imputable

Ejemplos de cálculo de IVA

Ejemplo 1: IVA a trasladar

Supongamos que una persona física ha recibido mensualmente una suma de $10,000 como honorarios y desea conocer el monto de IVA que debe trasladar.

¿Cómo se calcula el IVA? Tomaremos la cantidad ingresada como base y le aplicaremos la tasa correspondiente. Dado que la actividad por la cual se han cobrado los honorarios no ha tenido lugar en una zona transfronteriza, la tasa aplicable será del 16%. El cálculo se representará de la siguiente manera:

Cantidad ingresada

$10,000

Tasa general de IVA aplicable

x 16%

Resultado (IVA trasladado)

$1,600

Ejemplo 2: IVA imputable

En nuestro segundo ejemplo, supongamos que una persona física también desea saber cuánto IVA podrá imputar, es decir, cuánto IVA podrá restar del IVA trasladado. La actividad que realiza es la de Ingeniero Civil y trabaja de forma independiente.

Concepto del gasto

Importe del gasto

Importe del IVA pagado

Gastos en el alquiler de oficinas

$3,000

$480

Teléfono

$500

$80

Papelería

$1,000

$160

TOTAL

$4,500

$720

IVA imputable

Ejemplo 3: Cantidad a pagar de IVA

En este último ejemplo, veremos la cantidad que se debe abonar en concepto de IVA, partiendo de los dos ejemplos anteriores. La diferencia entre el IVA Trasladado (cobrado) y el IVA Acreditado (pagado) es de $880. Por lo tanto, esa sería la cantidad a pagar en concepto de IVA. La operación realizada para obtener este resultado es la siguiente:

IVA Trasladado (cobrado)

$1,600

IVA Acreditado (pagado)

$720

IVA a pagar (diferencia)

$880

¿Cómo calculo la cantidad de IVA pagada?

  • Si deseas calcular la cantidad de IVA pagada y solo tienes el precio del producto con el impuesto incluido, sigue este ejemplo:

Ejemplo: Si la compra fue de $1,160, para calcular el monto correspondiente al 16% de IVA, divide el costo del producto entre 1.16; es decir, 1,160 / 1.16, lo que da como resultado $1,000. Al realizar este cálculo, obtendrás la cantidad pagada sin IVA, que en este caso es de $1,000, mientras que los restantes $160 corresponden al IVA.

  • En caso de que la tasa del impuesto sea diferente al 16%, como sucede en la frontera norte debido al estímulo fiscal, debes dividir el costo del producto entre 1.08. Por ejemplo, 1,000 / 1.08, lo que significa que el impuesto fue de $80.

Liquidación del IVA

El IVA es un impuesto que requiere la presentación de una Declaración Jurada de forma mensual. También conocida como DDJJ de pago definitivo, esta declaración se presenta junto con la declaración mensual de ISR (Impuesto sobre la Renta). Su objetivo es informar al SAT (Servicio de Administración Tributaria) sobre los movimientos relacionados con este impuesto, tanto para personas físicas como jurídicas.

El resultado de la Declaración de IVA consiste en restar el IVA retenido (en caso de que tus clientes te retengan impuestos, como en el caso de arrendamientos o honorarios) y el IVA acreditable (el impuesto que te cobran tus proveedores en tus compras) al IVA causado (el impuesto que incluyes en tus facturas y, por lo tanto, cobras a tus clientes). Esto permite determinar si aún debes trasladar una parte de este impuesto al SAT.

La presentación regular de la declaración se realiza el día 17 del mes siguiente, aunque en función de tu RFC, el SAT puede ofrecerte algunos días adicionales.

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