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En la actualidad, conseguir un empleo que esté debidamente registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es difícil, especialmente si tienes más de 40 años de edad o has dejado tu trabajo anterior donde estabas afiliado y, como resultado, podrías perder la oportunidad de recibir una pensión en el futuro por parte del IMSS.

Para estas situaciones, la Ley del IMSS establece la modalidad 40, también conocida como Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio. En este artículo, explicaremos los derechos, requisitos, trámites por internet y preguntas frecuentes relacionadas con la modalidad 40 del IMSS.

¿Qué implica la Modalidad 40 del IMSS?

La Modalidad 40 del IMSS, o Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, te permite seguir cotizando en los seguros de invalidez y vida, así como en el seguro de retiro en edad avanzada y vejez. De esta manera, podrás acumular semanas de cotización y recursos en tu cuenta individual.

☛ Si tienes dudas sobre la modalidad 40, puedes dejarlas en el siguiente enlace: Modalidad 40 y Modalidad 33 IMSS: requisitos, preguntas frecuentes y compatibilidades.

El pago se realiza mensualmente y corresponde al 10.075% del salario con el que decidas cotizar. Este no puede ser inferior al salario con el que estabas registrado en el momento de tu último empleo y no puede exceder el límite establecido en el artículo 28 de la Ley del Seguro Social (25 veces el salario mínimo general en la CDMX).

Esta modalidad puede ser aplicada por personas que cotizaron antes del 1 de julio de 1997, es decir, aquellos amparados por la Ley del Seguro Social de 1973, o por aquellos que están sujetos a la ley actual. Puedes afiliarte si has cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años y no han pasado más de cinco años desde tu fecha de baja en el IMSS.

¿Cuáles son mis derechos en la Modalidad 40 del IMSS?

Los derechos que otorga la modalidad 40 del IMSS son los siguientes:

  • Seguro de invalidez y vida
  • Seguro de retiro en edad avanzada y vejez
  • Continuar acumulando semanas de cotización
  • Recursos en la cuenta individual
  • Registro del salario base de cotización deseado
  • Aportaciones a afore (del ramo de retiro, del ramo cesantía en edad avanzada y del ramo de la cuota social)

Requisitos para acceder a la Modalidad 40 del IMSS

Los requisitos que debes cumplir para poder acceder a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social son los siguientes:

  • Tener la condición de baja en el régimen obligatorio, lo cual implica no tener una relación laboral cotizando al seguro social.
  • Haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años, ya sea con un solo empleador o con varios.
  • No haber transcurrido más de cinco años desde la fecha de tu baja en el IMSS.
  • Ser una persona que desee mejorar su pensión debido a que nunca ha cotizado un salario alto.
  • Ser una persona dada de baja que desee continuar cotizando para no perder su derecho a pensión.
  • Ser una persona que quiera seguir sumando semanas de cotización al IMSS con el fin de aumentar su pensión.

Documentos necesarios para acceder a la Modalidad 40 del IMSS

El trámite se puede realizar de manera presencial en la Subdelegación del IMSS de lunes a viernes en días hábiles, de 8:00 a 15:30 horas, o en línea a través de la página de Servicios Digitales.

  1. Clave Única de Registro de Población (CURP).
  2. Número de Seguridad Social (NSS).
  3. Dirección de correo electrónico.

Para el registro presencial en la Modalidad 40 del IMSS:

  1. Redacción libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, firmada de forma autógrafa o con huella digital. Original y copia.
  2. Documento que contenga el Número de Seguridad Social. Original.
  3. Identificación oficial vigente. Original y copia.
  4. Comprobante de domicilio. Original y copia.
  5. Recibo de pago de la cuota obrero patronal correspondiente. Original y copia.

Para el registro de reingreso presencial a la Modalidad 40 del IMSS:

  1. Redacción libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, firmada de forma autógrafa o con huella digital. Original y copia.
  2. Documento que contenga el Número de Seguridad Social. Original.
  3. Identificación oficial vigente. Original y copia.
  4. Comprobante de domicilio. Original y copia.
  5. Recibo de pago de la cuota obrero patronal correspondiente. Original y copia.
  6. Comprobante de pago de las cuotas obrero patronales del período anterior. Original y copia.

Preguntas comunes sobre la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

¿Cuánto tiempo es válida la Modalidad 40 del IMSS?

La validez de la Modalidad 40 del IMSS depende del afiliado, quien decidirá la duración y la inversión económica en esta modalidad según sus posibilidades y metas a alcanzar.

¿Cómo puedo determinar si me conviene utilizar la Modalidad 40?

Para saber si te beneficia utilizar la Modalidad 40 del IMSS, debes responder las siguientes preguntas:

  • ¿Cuál es tu pensión actual?
  • ¿Cuentas con los derechos para utilizar esta modalidad?
  • ¿Cuánto aumentaría tu pensión al inscribirte por 1, 2, 3, 4, 5, etc. años?
  • ¿Cuál es la opción más favorable según tu situación particular?
  • ¿Cuál es el monto total que invertirás?
  • ¿Cuál es la pensión máxima que puedes alcanzar?

Si trabajo de manera independiente pero aún pago mi seguro en la Modalidad 40, ¿puedo pensionarme por el IMSS?

Si eres trabajador por cuenta propia y cumples con los requisitos de no haber tenido una relación laboral formal en los últimos 5 años y tener un salario igual o superior al último registrado en tu última relación formal de trabajo, sí puedes pensionarte por el IMSS.

¿Es posible cotizar al IMSS e INFONAVIT al mismo tiempo?

Las contribuciones realizadas a través de la Modalidad 40 no se destinan al INFONAVIT, solo se utilizan para financiar el promedio salarial, incrementar las semanas de cotización y aportar a la afore, pero no al INFONAVIT.

¿Es posible jubilarse si perdí mi conservación de derechos?

En caso de haber perdido tu conservación de derechos, es necesario cotizar durante un año más a través de una nueva relación laboral para poder recuperarla.

¿Cuál es el salario mínimo o máximo con el que puedo contribuir en la modalidad 40?

En la modalidad 40, el salario mínimo a considerar será el último salario base de cotización que hayas percibido. En cuanto al salario máximo, podrás cotizar hasta con 25 salarios mínimos (tomando en cuenta el salario mínimo vigente al momento de la inscripción).

¿Cuándo se recomienda optar por la modalidad 40?

  • Si nos encontramos bajo la Ley del IMSS 1997, tenemos menos de 60 años y menos de 1,250 semanas cotizadas, y actualmente no estamos cotizando, es aconsejable optar por la Modalidad 40 y realizar aportaciones voluntarias a las afores.
  • Si nos encontramos bajo la Ley del IMSS 1973, tenemos un promedio salarial bajo ante el IMSS y tenemos menos de 60 años, es recomendable optar por la Modalidad 40 y realizar aportaciones voluntarias a las afores.

¿Cuándo NO se recomienda la modalidad 40?

Los expertos no aconsejan optar por la Modalidad 40 en los siguientes casos:

Si nos encontramos bajo la Ley del IMSS 1997, tenemos menos de 60 años y más de 1,250 semanas cotizadas. En este caso, aunque podemos optar por la modalidad 40 y realizar aportaciones a las afores, los expertos no recomiendan hacerlo.

¿Qué ocurre si llevamos cinco años sin cotizar? Reactivación

Si decides registrarte en la Modalidad 40 y has estado sin cotizar durante más de 5 años, deberás estar dentro del programa de conservación de derechos del IMSS. En caso de no tener estos derechos, es necesario reactivarte en el régimen obligatorio durante un año. Durante esta reactivación, se reconocerán todas las semanas que hayas cotizado anteriormente para iniciar el proceso.

Pasos para solicitar la Modalidad 40 del IMSS por internet

Los asegurados podrán solicitar la inscripción voluntaria en línea únicamente para una inscripción inicial.

Para solicitar la Modalidad 40 del IMSS por internet, debes seguir los siguientes pasos:

PASO 1: Tener a mano tu CURP o conseguir los datos necesarios para obtenerla

PASO 3: Realizar el trámite en línea, simplemente sigue los pasos para comenzar tu proceso. Debes proporcionar algunos datos básicos como tu CURP y dirección de correo electrónico, y confirmar los caracteres de la imagen Captcha.

Causas para terminar la Modalidad 40

  1. Solicitud del asegurado
  2. Dejar de pagar las cuotas durante dos meses
  3. Ser dado de alta nuevamente en el régimen obligatorio

Si un asegurado no paga sus cuotas puntualmente o ha sido dado de baja debido a la morosidad y desea volver a solicitar la inscripción voluntaria en el régimen obligatorio, deberá pagar las cuotas atrasadas con los recargos correspondientes.

6 Aspectos importantes sobre la Modalidad 40

A pesar de haber explorado todos los elementos relevantes sobre la Modalidad 40, resaltamos las siguientes consideraciones:

  1. La Modalidad 40 no incluye servicios de atención médica.
  2. Es importante tener en cuenta que, si es necesario, debemos contratar un Seguro Médico Familiar con la misma institución de manera independiente.
  3. La Modalidad 40 tampoco abarca cotizaciones para vivienda.
  4. Al momento de jubilarnos, se restablecerán nuestros derechos en relación al seguro de enfermedades y maternidad.
  5. Una vez que te registras en la Modalidad 40 con un salario, no podrás modificarlo posteriormente. Por lo tanto, es fundamental analizar cuánto podrás cotizar.
  6. Si dejas de pagar las cuotas durante dos meses consecutivos, serás dado de baja de la Modalidad 40. Sin embargo, podrás solicitar el reingreso dentro de los siguientes 12 meses.

¿Cómo cambiar de domicilio?

El asegurado tiene un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de baja, para gestionar su inscripción en la continuidad voluntaria en el régimen obligatorio en la Subdelegación del IMSS correspondiente a su nuevo domicilio. De lo contrario, tendrá que realizar el trámite de renovación en la circunscripción en la cual se dio de alta.

Cuando un trabajador decide realizar un trámite ante el IMSS al cumplir las 500 semanas, a menudo la información proporcionada lo motiva a jubilarse sin mencionar la Modalidad 40. Por lo tanto, si este es tu caso, te recomendamos buscar asesoramiento adecuado al momento de afiliarte a alguna modalidad de pensión, calculando las semanas y verificando los requisitos para elegir lo que mejor se adapte a tus necesidades pensionales.

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