En el ámbito de la intermediación bursátil, existen dos tipos de contratos que determinan quién se encargará de realizar las operaciones: ya sea el cliente o la Casa de Bolsa.
Tipos de cuenta en la intermediación bursátil: discrecional y no discrecional
En una cuenta discrecional, el cliente autoriza a la Casa de Bolsa a actuar según su criterio, salvaguardando los intereses de la cuenta como si fueran propios.
En una cuenta no discrecional, el cliente debe comunicarse de forma escrita, verbal o telefónica para especificar el tipo de operación o movimiento a realizar, así como las características necesarias para identificar los valores involucrados.
La discrecionalidad limitada y las instrucciones del cliente
El cliente tiene la opción de limitar la discrecionalidad en el manejo de los valores, los montos de operación o la realización de operaciones específicas, mediante instrucciones por escrito dirigidas a la Casa de Bolsa.
La discrecionalidad limitada establece un contrato de intermediación con el cliente, de manera que este pueda definir qué valores serán gestionados de forma discrecional y cuáles requerirán instrucciones específicas. Para los primeros, el intermediario puede actuar libremente, mientras que para los segundos solo se realizarán operaciones según instrucciones expresas del cliente.
Para los valores no discrecionales, el cliente deberá proporcionar instrucciones claras para su operación.