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Es importante tener en cuenta que el monto a embargar no puede exceder el monto de la deuda contraída. Por lo tanto, si la deuda es, por ejemplo, de 2.000 euros, solo podrían embargar esa cantidad y no más.

En caso de tener suficiente dinero en la cuenta al momento del embargo para pagar la deuda en su totalidad, el banco retendrá la cantidad total (no más) y la deuda se considerará saldada. Sin embargo, también puede darse el caso de no contar con suficiente dinero para pagar la deuda o que el saldo en la cuenta sea tu salario. En ese caso, si se embarga todo el dinero de la cuenta, quedarías sin recursos.

Es importante destacar que existen bienes y fondos que por ley no pueden ser embargados.

Si recibes tu salario o pensión en la cuenta sujeta a embargo, solo podrán embargarte las cantidades que excedan el salario mínimo interprofesional (SMI), que es actualmente de 1.080 euros al mes en 14 pagas (15.120 euros al año). La ley establece tramos sobre los cuales se calcula la cantidad que puede ser embargada.

De esta manera, la ley te protege para evitar que te quedes sin recursos. De hecho, el SMI no es lo único que no puede ser embargado. Tus pertenencias personales, como ropa, mascotas y herramientas de trabajo, tampoco pueden ser confiscadas.

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